Calculadora de Horas Extras & Nocturnidad
Calcula con precisión el pago de horas extraordinarias diurnas (35%), domingos y feriados (100%) y jornada nocturna (15%) según los Artículos 203 y 204 del Código de Trabajo.
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Escribe tu salario mensual y las horas extras o nocturnas trabajadas en el período.
Preguntas Frecuentes sobre Horas Extras en RD
¿Cómo se calcula el valor de una hora de trabajo?
El valor de una hora ordinaria de trabajo se calcula con la fórmula oficial del Código de Trabajo: Salario mensual ÷ 23.83 ÷ 8 horas.
¿Cuánto se paga de recargo por trabajar un día feriado o domingo?
Según el Artículo 205 del Código de Trabajo, cuando el trabajador presta servicios en su día de descanso semanal obligatorio o en un día declarado festivo o no laborable, la empresa debe pagarle un recargo del 100% sobre el valor de la hora ordinaria (es decir, el doble de su valor regular).
¿Qué es la jornada nocturna y cuánto recargo tiene?
La jornada nocturna es aquella que se realiza entre las 9:00 de la noche y las 7:00 de la mañana del día siguiente. El Artículo 204 dispone que el salario por jornada nocturna se paga con un recargo del 15% sobre el salario ordinario diurno.