Calculadora de Doble Sueldo & Regalía Pascual
Calcula cuánto dinero te corresponde por el Salario de Navidad según los meses trabajados en el año, conforme al Artículo 219 del Código de Trabajo dominicano.
🎄 Calcula tu Regalía Pascual
Ingresa tu sueldo mensual ordinario y la cantidad de meses que trabajaste durante este año calendario.
Preguntas Frecuentes sobre el Doble Sueldo en República Dominicana
¿Cómo se calcula el salario de Navidad o regalía pascual?
El Artículo 219 del Código de Trabajo establece que el salario de Navidad consiste en la duodécima (1/12) parte del total de los salarios ordinarios devengados por el trabajador durante el año calendario. Si trabajaste los 12 meses completos cobrando el mismo sueldo, te corresponde exactamente un mes de salario completo.
¿Hasta qué fecha tiene la empresa para pagar el doble sueldo?
La ley establece con total claridad que el salario de Navidad debe ser pagado a más tardar el 20 de diciembre de cada año (Art. 220). El retraso constituye una infracción laboral sancionable.
¿El doble sueldo paga impuestos, TSS o puede ser embargado?
No. El salario de Navidad está legalmente protegido: no paga Impuesto Sobre la Renta (ISR), no cotiza a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y es inembargable (no puede ser retenido ni por deudas personales ni por préstamos bancarios según el Art. 222).
¿Si renuncio o me despiden antes de diciembre, me pagan doble sueldo?
Sí. La regalía pascual es un derecho adquirido irrenunciable. Si tu contrato termina en cualquier mes del año por cualquier causa (despido o renuncia), la empresa está obligada a entregarte la proporción correspondiente a los meses que trabajaste en ese año junto con tu liquidación.